El Estatuto de los Trabajadores es la normativa básica que regula las relaciones laborales de trabajadores por cuenta ajena y de algunas profesiones especiales como artistas, el servicio de hogar familiar o deportistas profesionales, entre otros. Sirve de marco legal para esta parte de la población activa pero no incluye al personal funcionario o a los autónomos.
Aunque no es necesario saberlo de memoria, este corpus es fundamental para conocer los derechos que tienes como trabajador. Consúltalo siempre que tengas una duda sobre tu relación laboral.
Un texto que define mínimos en los derechos laborales
El Estatuto de los Trabajadores fue aprobado en el año 1980 por primera vez, pero ha sido modificado en varias ocasiones. Los cambios que han tenido una mayor repercusión han sido los del año 1984, cuando se introduce la contratación temporal, o los que trajo la reforma laboral del año 2012. El texto que se utiliza actualmente data de 2015, es la legislación consolidada. Se trata de la versión “refundida” porque aglutina todas las modificaciones desde el inicio en los primeros años de la transición.
Cada novedad sobre el texto se introduce por medio de real decreto ley que aprueba el gobierno del momento. Entre las últimas modificaciones aparece la obligatoriedad por parte de las empresas de registrar el inicio y fin de la jornada de todos sus trabajadores.
El Estatuto de los Trabajadores refuerza algunos derechos amparados por la Constitución, pero enfocado al ámbito de laboral. Por ejemplo, garantiza la no discriminación en el acceso al empleo por razones de sexo, edad, origen racial o étnico, orientación sexual o por estar afiliado a un sindicato. De forma más concreta, protege derechos básicos como la huelga, poder formar parte de un sindicato, tener un puesto de trabajo o la libertad para elegir tu profesión.
Aunque no tantos, en el ET también aparecen los deberes
Pese a que es una normativa que garantiza los derechos de la parte más vulnerable, quienes trabajan, también señala una serie de obligaciones que deben cumplirse en la relación entre empresa y trabajador. Es el caso de las tareas concretas del puesto y desempeñarlas con “buena fe y diligencia”. También es un deber contemplar y respetar las medidas de prevención de riesgos laborales o contribuir a la mejora de la productividad, entre otras.
Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores no es lo suficiente exhaustivo para regular la relación laboral que necesita cada actividad. Se trata de una norma demasiado genérica, por lo que resulta imprescindible crear una normativa más específica para cada sector o, incluso, territorio.
Los convenios colectivos avanzan sobre las condiciones laborales
Para tener en cuenta las características que definen cada actividad se crean los convenios colectivos de trabajo. Los convenios son los acuerdos a los que llegan la representación de los trabajadores y los empresarios de un mismo sector con el fin de regular la relación laboral en cuanto a salarios, tipo de jornada, vacaciones y condiciones de trabajo en general. Es el proceso que se conoce como negociación colectiva.
Si concretamos un grado más en cuanto a derechos y obligaciones en una relación laboral entonces hablamos ya del contrato de trabajo.
El Estatuto de los Trabajadores junto con la Constitución, los tratados internacionales, los de la Unión Europea, leyes y reglamentos como la Ley de la Seguridad Social, la de Prevención de Riesgos Laborales, la de Igualdad de Oportunidades, además de los convenios colectivos son las fuentes del derecho laboral en nuestro país. Cuando hay que dirimir conflictos de intereses, se hace en los tribunales de lo Social, específicos para este tipo de desacuerdos.
¿Cuándo hay que regirse por el Estatuto de los Trabajadores?
Los convenios colectivos detallan las cuestiones más relevantes que atañen a quienes trabajan en el sector que regulan. Son muy específicos en las materias en las que puede existir un mayor desacuerdo entre trabajadores y empresas. Sin embargo, en otras cuestiones más generales no concretan tanto. Cuando algún derecho no está contemplado se acude a la norma básica, al Estatuto de los Trabajadores.
Los convenios colectivos mejoran las condiciones del Estatuto de los Trabajadores. Es muy común que las vacaciones que se fijan por derecho en el Estatuto de los Trabajadores se modifiquen al alza en cuanto al número de días en los convenios. Si el ET establece un mínimo de treinta días naturales de vacaciones anuales retribuidas, muchos convenios disponen algunos más. En este caso, siempre prevalece lo que se indica por convenio, ya que las condiciones de un convenio nunca pueden estar por debajo del ET. El propio texto se refiere muchas veces a que se considere el convenio de aplicación.
Algunos antecedentes del Estatuto de los Trabajadores
El Estatuto de los Trabajadores no es el primer texto que reglamenta el trabajo en España. Las relaciones laborales comienzan a regularse en la época moderna en el siglo XIX en España con los Códigos del Comercio (1828) o el Código Civil de 1889, o la Ley Benot (1973), que controlaba el trabajo de los menores. En 1926 se promulga el Código de Trabajo durante la dictadura de Primo de Rivera. La Segunda República introduce las relaciones laborales dentro de la Constitución y se aprueba la Ley de Contrato de Trabajo en el año 1931. Durante la dictadura franquista la norma son las Reglamentaciones Nacionales de Trabajo y la posterior Ley de Convenios Colectivos de 1958. La transición aprobó la Ley de Relaciones Laborales en el año 1976 y la Constitución de 1978 ya menciona derechos laborales dentro de su articulado.
Consultar la versión online del Estatuto de los Trabajadores es muy sencillo e interesante. Se puede seleccionar cada artículo desde el desplegable. Aparecen todas y cada una de las modificaciones que han sufrido los artículos mediante los decretos leyes y se puede seleccionar todas las versiones anteriores si te interesa hacer un seguimiento en la evolución de esta normativa laboral.
Para consultar el convenio colectivo de tu sector puedes hacerlo introduciendo las palabras que corresponda en cualquiera de los buscadores. Entre los primeros resultados aparece la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) con el texto definitivo y la fecha. Comprueba que se trata del último pacto. También puedes consultarlo en la página de los principales sindicatos.